El alto grado de especialización y profesionalidad de nuestro gabinete, nos permite elaborar dictámenes periciales en múltiples áreas de actuación, proporcionándole la garantía de nuestra experiencia y de la máxima objetividad.
Esta política de trabajo nos capacita para actuar en ámbitos judiciales o extrajudiciales, a instancia de un juez o cualquier otro interviniente judicial o a instancia de parte.
En esta sección le ofrecemos un breve detalle de nuestras actuaciones más frecuentes.
Si requiere un informe pericial específico que no figure en la misma, contacte con nosotros para que podamos informarle personalmente del servicio que podemos ofrecerle.
PERITAJES.
CALIGRAFICO
GRAFOLOGICO
DOCUMENTOSCOPIA
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
TASACION INMOBILIARIA
TASACION DE INCENDIOS, ROBO Y RIESGOS DIVERSOS
TERCERIAS
TASACION DE AUTOMOVILES
CONTADOR PARTIDOR HERENCIAS
LIQUIDACION GANANCIALES.
Aglutinar a todos los peritos judiciales del país, de diferentes especialidades.
Ofrecer una sede social para que sea un punto de encuentro entre profesionales.
Fomentar una formación actualizada y continua que nos avale ante los órganos de justicia mediante cursos, seminarios, etc.
Dotar a nuestros asociados de una acreditación reconocida.
Buscar vías para que su labor sea fructífera y prestigiosa tanto profesional como personalmente.
Inclusiónde los asociados en los listados anuales de peritos judiciales de acuerdo con el artículo 341.1 de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil).
LEC - Artículo 341.1. Procedimiento para la designación judicial de perito.
En el mes de enero de cada año se interesará de los distintos Colegios profesionales o, en su defecto, de entidades análogas, así como de las Academias e instituciones culturales y científicas a que se refiere el apartado segundo del artículo anterior el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos. La primera designación de cada lista se efectuará por sorteo realizado en presencia del Secretario Judicial, y a partir de ella se efectuarán las siguientes designaciones por orden correlativo.
LECrm - Artículo 457.
Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración.
Nuestra dilatada experiencia y competencia profesional nos permiten elaborar con mucho acierto unas soluciones personalizadas. Nuestro éxito se basa en la experiencia: nuestros Peritos le ofrecen una asistencia legal altamente competente. Consulte nuestras áreas de especialización.